Adaptar la web a la LOPD
Todavía hay quien se toma a broma las sanciones por vulnerar la nueva RGPD – LOPD. Principalmente por parecer algo lejano y poco habitual. Sin embargo adaptar la web a la nueva LOPD no se te puede olvidar en tu implantación de la nueva ley de privacidad en tu empresa.
Sin embargo no debería tomarse a la ligera, sobre todo en un país RECAUDADOR y sobre legislado como España. Un país donde el estado busca cada día nuevas formas de sacarle dinero a la pyme, (quien más difícil tiene defenderse en contraposición con las grandes empresas con su elenco de abogados y quienes, en último término pueden migrar sus instalaciones a otro país).
Una de las formas más sencillas de saber si una empresa está al día en cuanto a la Protección de Datos es a través de su página web. De forma muy simple, y de un solo vistazo, un inspector puede comprobar si tu empresa cumple la normativa de protección de datos, aún sin mediar denuncia. Sólo comprobando un par de puntos de tu web como los textos legales, los formularios de contacto, etc… Por ello es fundamental adaptar la web a la nueva LOPD y, por supuesto, tener la empresa al día en este sentido. Una ley que además ahora es Europea y empieza a imponer sanciones.
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SANCIÓN A IBERDROLA = 40.000€
Una de las últimas sanciones ha sido a Iberdrola, por un montante de 40.001€, precisamente por su página web. Lo que nos demuestra la importancia de adaptar la web a la nueva LOPD.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) le impone una multa de 40.000 euros a Iberdrola por permitir que una tercera persona cambiara la potencia contratada a otro cliente a través de su web. La AEPD considera esto como una infracción grave al artículo 9.1 de la LOPD, por no haber adoptado las medidas técnicas que impidan el acceso no autorizado a los datos de sus clientes.
SANCIÓN A NEGOCIO LOCAL POR CÁMARA DE SEGURIDAD = 4.800€
Interpuesta a local de apuestas por falta de notificación debida de la existencia de una cámara de seguridad que grababa parte de la acera externa al local.
SANCIÓN A UN HOSPITAL EN PORTUGAL = 400.000€
Interpuesta a un hospital en Portugal por mantener el acceso a los historiales médicos de los pacientes a 985 facultativos a pesar de que su plantilla médica actual es de 296. Lo que significa no haber dado de baja del sistema informático a los médicos que dejaban el hospital.
La Comisión apuntó tres importantes infracciones. La violación del principio de integridad y confidencialidad, la violación del principio de minimización de datos, que debería impedir el acceso indiscriminado a datos clínicos de los pacientes y la incapacidad del responsable del tratamiento de datos para garantizar la confidencialidad y la integridad de los datos.
LO QUE DEBES SABER EN CUANTO A RGPD
Recordemos que la nueva LOPD entró en vigor el 25 de mayo de 2018 y sólo durante ese año se recibieron 14.146 denuncias en la AEPD.
Las reclamaciones más comunes en Europa se refieren al telemarketing no solicitado o a los correos electrónicos promocionales y las inquietudes relacionadas con los sistemas de videovigilancia. En España, según la AGPD, se agrupan en Ficheros de Morosidad, Videovigilancia, Servicios de Internet, Reclamación de Deudas, Administración pública, Sanidad, Publicidad, hostelería, Entidades financieras/acreedoras y Publicidad a través de e-mail marketing o SMS marketing.
Una de las consecuencias inesperadas de la llegada de GDPR, ha sido el aumento de personas que se han suscrito a la Lista Robinson, una lista que ha levantado polémica en los últimos meses por producir, en algunos casos, el efecto contrario entre quienes la usan.